En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano Adhan Alhalabi, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 22.883.031, debidamente asistido por la abogada Lourdes Vallenilla, titular de la Cédula de Identidad número 4.683.646, e inscrita en el Inpreabogado con el número 44.030, en contra del auto dictado por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, en fecha 17 de Julio de 2007. SEGUNDO: Se confirma la prenombrada decisión proferida por el mencionado Juzgado.