Se Ordena ratificar la Orden de Captura, de fecha 11 de Enero del año 2.005, dirigida a la Comandancia de Policía del Estado Amazonas, Comando Regional N° 9 de la Guardia Nacional y el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalistica, para que capturen al Ciudadano xxxxx, venezolano, natural de Puerto Ayacucho, nacido el 28-02-86, titular de la Cédula de Identidad N°V-17.675.725, de profesión estudiante del Instituto Universitario Tecnológico Juan Pablo Pérez Alfonso, situado en la Av. Constitución de Maracay, residenciado por la Urbanización Amazonas, detrás del Bar Brisas del Llano, casa S/N, frente a la bodega de la Sra. Yuraima Guachupiro de esta Ciudad e hijo de Rima del Carmen Carrillo Rufo y (v) Andy Guerrero (v), a quien se le sigue averiguación penal por la comisión de uno de los delitos Contra las Buenas Costumbres y el Buen Orden de las Familias, en agravio del niño xxxxx; según lo pautado en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del.....