TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY,, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL DE LAS ACTUACIONES en la presente causa seguida a JUAN ELIEZER ROMERO, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.999.139, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES previsto y sancionado en los artículos 420.2 en relación con el 415 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos LUIS RAMON OJEDA MENDARE, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.948.740, JOSE GUEVARA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.629.084, y DOMINGO ALBERTO OJEDA MENDARE, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.948.740, de conformidad con el artículo 364 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se decreta el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas y la.....