III
DISPOSITIVA
Este Tribunal de conformidad, a lo establecido en los artículo 555, y 561 literal ¿e¿ de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; en nombre de la República y por Autoridad de la ley, decreta el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, de la causa iniciada en contra del adolescente, OMITIDA SU IDENTIDAD, antes identificado y en consecuencia ordena el cese inmediato de la Medida Cautelar, decretada e impuesta por este Juzgado en fecha 20 de Septiembre de 2002, consistente en: Una (1) presentación por ante este Juzgado, una vez a la semana, CUMPLASE. Líbrese boletas de notificación a las partes.-
La Jueza Provisoria,
Dra. Elena Di.cioccio Muñoz
La Secretaria,
Abg. Indra Cedeño
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en autos. .....