éste TRIBUNAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTES DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: Se DECRETA ejecutada y se computa la Sentencia sancionatoria de fecha 09 de Septiembre de 2014, procedente del Tribunal de Juicio Sección Adolescentes de este Circuito Judicial, dictada al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y en consecuencia, lo CONDENA a cumplir la sanción de PRIVACION DE LIBERTAD prevista en el artículo 620 en literal F, en concordancia con el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de UN (1) AÑO Y SEIS (06) MESES, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, tipificado y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Vigente, y el delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, tipificado y s.....