Este Tribunal de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: La Aprehensión en Flagrancia del Adolescente EDIXON PONARE VELIZ; Cumplidos como han sido los extremos establecidos en los artículos 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y artículo 557 Ejusdem; SEGUNDO: Se ordena la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.- TERCERO: Se decreta al adolescente EDIXON PONARE VELIZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 25.275.549, natural de Isla de Ratón ¿ Estado Amazonas, lugar donde nació en fecha 01-06-92, de 13 años de edad de estado Civil soltero, de profesión u oficio estudiante, hijo de JOSE BLAN.....