Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el Recurso de Apelación interpuesto por la Ciudadana KALY BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 8.949.320, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 65.723, contra la sentencia de fecha 25 de febrero de 2008, proferida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas que declaró sin lugar la demanda que por DECLARATORIA DE ILEGITIMIDAD DE LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL SINDICATO DE EMPRESA DENOMINADO SINDICATO BOLIVARIANO DE OBREROS REVOLUCIONARIOS DE LA CONSTRUCCIÓN Y AFINES DE AMAZONAS, ("SINBODEORCAA"), ciudadanos REINALDO ANZOATEGUI, RAFAEL BOLIVAR, JOAN.....