Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estad Amazonas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación, intentado por Lirian Guape, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.945.616 e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 125.918, en su carácter de apoderada judicial de FUNDACITE AMAZONAS, en contra del auto de fecha 12-12-2016, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Amazonas.
SEGUNDO: Se ANULA el auto de fecha 12-12-2016, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Amazonas.
TERCERO: Se ORDENA remitir la causa a su tribunal de origen, para que continué el proceso en los lapsos y términos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CUART.....