Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto, en fecha 10 de agosto de 2.007, por el abogado OMAR ANTONIO ESPAÑA, titular de la cédula de identidad número 1.564.996, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 116.895, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIA AMYOLINA CELIS, quien es titular de la cédula de identidad N° 5.329.402, parte demandante en el presente juicio, actividad recursiva ejercida en contra de la decisión dictada en fecha 07 de agosto de 2.007 por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, mediante la cual declaró la perención de la instancia en la presente causa.
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