DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos y por autoridad de la ley, decide: Primero: SIN LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, que intentó el ciudadano LUIS MOREIRA, identificado plenamente en autos, contra el MUNICIPIO AUTÓNOMO RÍO NEGRO, DEL ESTADO AMAZONAS. Segundo: No se condena en costas a la parte demandante por la naturaleza del asunto.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firma y refrendada en el Despacho de la Juez (Temporal) del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción del Estado Amazonas. En Puerto Ayacucho, a los doce (12) días del mes de abril del año dos mil cinco (2005).
194º y 145º
La Juez (Temporal),
Abog. Maylen B. Jordán S.
La Secretaria (Temporal),
Abog. Ronie T. Salazar B.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, se publico y registro la anterior sentencia definitiva, previo anuncio de la Ley.
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