Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la defensa de falta de cualidad pasiva alegada por la parte demandada GOBERNACION DEL ESTADO AMAZONAS. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano EDUARDO JOSE YARUMARE ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.766.386, domiciliado en el Barrio Unión, detrás del hotel comercio, calle de concreto, casa sin numero de esta ciudad de Puerto Ayacucho del estado Amazonas en contra de la GOBERNACION DEL ESTADO AMAZONAS, ambos plenamente identificados. ASI SE DECIDE.
TERCERO: Por cuanto consta a los autos que la parte demandante no excede el mínimo de tres salarios, para su condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el ar.....