Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara LA HOMOLOGACION, en relación a la acción de Amparo Constitucional incoada por el Abogado JOSE DOMINGO VAZQUEZ MANRIQUE, titular de la Cédula de Identidad N° 1.568.571, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.798, actuando en este acto como apoderado judicial de la ciudadana Leyra Magdalena Alfonso de Roa, titular de la cédula de identidad N° V-7.664.611, y de la Sociedad Mercantil Farmacia Yekuana C.A., todo ello en virtud del desistimiento efectuado en fecha 07NOV2006, a través de diligencia presentada por ante esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del estado Amazonas. Y así se declara.