Se dictó decisión mediante el cal esta Corte de Apelaciones en el cual se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana Dulce Rosmary Azavache Briceño, venezolana, mayor de edad, soltera y titular de la cédula de identidad N°12.451.726, representada judicialmente por los abogados LINDA NAVARRO, MARIA AIDA RODRIGUEZ, LUIS RODOLFO MACHADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad número 8.948.859, 8.904.675 y 10.920.203, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, con los números 137.499, 137.502 y 51.672, respectivamente, y se condena a la demandada perdidosa a pagar al demandante, los conceptos y montos indicados en el texto de la sentencia, así como aquellos que serán determinados por las experticias complementarias del fallo