Se declara SIN LUGAR la acción recursiva ejercida el Abogado MIGDONIO MAGNO BARROS SOTILLO, en su condición de Defensor Privado de los ciudadanos FAVIO LEONARDO ORTIZ MARIN, titular de la cédula de identidad N° V-19.735.165; LUIS ENRIQUE CAMICO AZABACHE, titular de la cédula de identidad N° V-1.564.437; RUDY DIKSON JIMENEZ CAMICO, titular de la cédula de identidad N° V-15.304.712; y CARLOS ZAMBRANO GARCIA, titular de la cédula de identidad N° V-8.775.013, contra la decisión de fecha 07FEB2006, proferida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal con Funciones de Control.
SEGUNDO: Se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes, la decisión de fecha 07FEB2006, proferida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal con Funciones de Control, recurrida en el presente asunto.