DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo, de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Revoca la decisión dictada por la Juez A-quo, en fecha 15 de Julio de 2010, en la que declaró Improcedente la acción de Amparo Constitucional interpuesta por los abogados Magno Barros Sotillo y Oscar Covo Ruiz, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 8.945.429 y 12.628.094, inscritos en el Inpreabogado con los N° 65.607 y 121.725, respectivamente, en sus condiciones de Apoderados Judiciales del ciudadano Hugo Ali Urbina, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.565.460, en contra del ciudada.....