Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por el abogado MARIO MARCANO ESCOBAR, Juez Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución con Competencia en el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, en el asunto Nº JMS1-187-5595, contentivo de la demanda de Divorcio Contencioso, interpuesta por la abogada GLORIA COROMOTO CARRILLO JAIMES, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.496.889, inscrita en el Inpreabogado con el N°79.416, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana MARIA DESIRETH BARRIOS ESPINOZA, venezolana, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad N° V-10.920.492, en contra del ciudadano JULIO CESAR MARTÍNEZ SÁNCHEZ venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.972.676, en consecuen.....