Capítulo IV
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que esta CORTE DE APELACIONES EN LO PENAL, CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, MENORES Y TRIBUNAL SUPERIOR EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION AMAZONAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado GLENDYS JESUS PIRELA VARGAS, en su carácter de defensor del ciudadano HENRY ANTONIO GALVIS CARPIO, titular de la cédula de identidad N° 14.651.980, contra la decisión emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal con Funciones de Control del Circuito Judicial Estado Amazonas, de fecha 16JUN2006, mediante la cual se decretó medida privativa de libertad a su representado de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252, del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión impugnada. Y así se decide .