Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Menores y Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA NULIDAD de la sentencia dictada en fecha 14 de Agosto de 2006, por el Juzgado Segundo con funciones de Juicio de este Circuito Judicial, sólo en lo referido a la absolutoria acordada a favor de los acusados Danny José Ramos, José Gregorio Méndez Mirabal y Marielys Guevara Angulo, quedando nula entonces la sentencia impugnada.