Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Se pronuncia en los siguientes términos: DECRETA: PRIMERO: De conformidad con el artículo 330 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, Se admite Parcialmente la presente ACUSACION FISCAL, en contra de los ciudadanos TRUJILLO MONTES JHON FREDDY, titular de la cedula de ciudadanía N° CC-83.226.287, MARTIN AVILA CARDENAS; titular de la cedula de ciudadanía N° CC-93.389.522; IMELDA TRUJILLO MONTES, titular de la cedula de ciudadanía N° CC-52.326.948 y JESUS ALEXANDER BLANCA ALVAREZ, titular de la cedula de identidad N° V-13.325.091, por la comisión de los delitos de CONTRABANDO previsto y sancionado en el articulo 2 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, cómplices y cooperadores inmediatos en el mismo.....