En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decreta:
PRIMERO: Se decreta la Aprehensión en Flagrancia, en virtud que se llenan los extremos exigidos conforme al artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre del Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, del ciudadano JAIRO ISAIAS MORALES, venezolano, natural de Ocumare del tuy, fecha de nacimiento 27/12/1985, estado civil soltero vive en concubinato, de 18 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº Indocumentado se deja constancia que el mismo manifestó, de profesión u oficio comerciante, por la presunta comisión del delito VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica Sobre del Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ADRIANA ALEXANDRA ZURITA MARQUEZ.
SEGUNDO: Se declara CON L.....