este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL FUNCIÓN CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público en cuanto a que este Juzgado Califique la Aprehensión en Flagrancia de los imputados de autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, y se acuerda la petición fiscal en cuanto a que la presente causa sea ventilada por la vía del procedimiento ordinario, tal y como lo establece el artículo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, ello con el objeto de que se prosiga con la investigación y el Ministerio Público presente en su oportunidad legal el acto conclusivo a que haya lugar. SEGUNDO: Se evidencia que efectivamente en el presente caso se ha cometido un hecho punible, que merece pena privativa de libertad y.....