Vistos y oídos los alegatos de las partes concatenados con la revisión de las actas policiales este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Función Control de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emitió los siguientes pronunciamientos: DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud Fiscal referida a la calificación de la aprehensión en flagrancia del ciudadano RAUL ALBERTO CIPRIANI, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 23.646.193, natural de esta Ciudad, donde nació en fecha 15-09-1988, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en el barrio Pedro Camejo, calle Ariztigueta, cerca de la bloquera de Elio Linares, casa s/n de esta Ciudad, sus padres "No sabe el nombre"(F) y Mireya del Valle Cipriano (v, por cuanto considera quien suscribe, se dan los supuestos establecidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal.....