Por todas estas razones, de conformidad con los artículos, 250, 251, 252, parte final del artículo 256 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado de Control número Tres de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud del Ministerio Público, contra el ciudadano, GERARDO ENRIQUE HERNANDEZ GONZALEZ, de nacionalidad Venezolana, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-12.060.462, de fecha de nacimiento 23-07-1975, 36 años de edad, natural de Estado San Fernando de Atabapo, de estado civil soltero, profesión Lic. En estudios Internacionales, hijo de JUSTA AMELIA GONZALEZ (F) y GERARDO HERNANDEZ (M), residenciado Calle Piar casa n 020411, Puerto Ayacucho, a cien metros del SENIAT, detrás de la escuela Consuelo Navas teléfono 02485210784 por la presunta comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO FRAUDULENTO, previsto.....