Se decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano RICARDO CARIBAN, titular de la Cédula de Identidad V-8.902.165, venezolano, de 47 años de edad, venezolano, nacido en Monduapo, Orinoco Medio, soltero, residenciado en la comunidad Sabanita de Ratón, Municipio Autana y, nacido el 6 de junio de 1955, residenciado en la isla ratón, por considerarse que se esta en presencia de un hecho punible que merece pena privativa de libertad cuya acción penal no esta prescrita y que existen elementos para estimar que ha sido el autor del mismo