Se dictó decision en la cual se decreta la ADMISION DE LOS HECHOS, previsto en el articulo 376 del Código Organico Procesal Penal, realizada por el acusado MANUEL FRANCISO AZABACHE NAVAS, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO,previsot y sancionado en ela articulo 31 paragrafo tercero de y en concordancia con el articulo 46 numeral 5 todos de la Ley especial que rige la materia, por lo que se le impuso la pena a cumplir de CUATRO AÑOS DE PRISION, cumpliendo la totalidad de la pena el 31-03-2.010 aproximadamente.