Por los motivos ya expuestos y de conformidad con lo establecido en el articulo 74 del Código Orgánico Procesal Penal, estando dentro del lapso legal este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, se pronuncia de la siguiente manera:
PRIMERO: Se ACUERDA: DECRETAR LA REMISIÓN DE LA CAUSA, N° XP01-P-2010-001486, seguida al ciudadano RUSSEL ALBERTO BOSSIO URIBE, titular de la Cédula de Identidad N° V-21.549.262, de nacionalidad Venezolano, natural Puerto Ayacucho, estado Amazonas, nació en fecha 30/05/1991, de 19 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, hijo José Ramón Bossio (v) y Carmen Uribe (v), residenciado en el Barrio Casiquiare, por la calle nueva, casa de color azul, detrás de la Bomba de Rumeno, al lado de la Familia Tovar, Puerto Ayacucho, estado Amazonas, a quien la Fiscalia Primer.....