Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Califica como flagrante la aprehensión de TITO BENJAMIN MALDONADO, quien manifestó ser de nacionalidad venezolana, natural de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, titular de la cédula de identidad Nº 8.945.805, de 44 años de edad, de profesión u oficio chofer, residenciado en la Av. Orinoco, frente a la Planta vieja, casa s/n, de color rosado, diagonal a la Panadería, Garzón, en esta ciudad por la presunta comisión del delito de HURTO previsto en el artículo 451 del Código Penal, toda vez que la misma se produjoconforme a las previsiones del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA de la Privativa de la Libertad, las contenidas en el art.....