Se dictó decisión en el cual se acordo el ACUERDO REPARATORIO en el presente asunto, comprometiendose el acusado EDGAR ANTONIO CHACON MARTINEZ, a la cancelación de la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (150.000,00 Bs) cumpliendose el mismo en un plazo de DOS MESES, celebrandose la audiencia en día 14-08-2.006,todo ello virtud de lo establecido en los articulos 40 y 41 del Código Orgánico Procesal Penal.