Por dichos razonamientos y en base a lo establecido en la Ley Adjetiva Penal, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se pronuncia de la siguiente manera DECRETA: Primero: Se Acuerda Homologar el presente Archivo Fiscal de las presentes actuaciones, por lo que Se Ordena Librar Boleta de Libertad a nombre del ciudadano JESUS ALBERTO VILLAMIZAR GERARDO, de 54 años de edad, nacido en fecha 16/09/1954, titular de la cédula de identidad N°1.567.909, de estado civil casado, residenciado en el barrio el Moñito calle principal casa numero 01 de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas; quien se encuentra bajo las medidas Cautelares Sustitutivas a la Privativa de Libertad, conforme lo contempla el articulo 256 del Código Orgánico Procesal penal, en su numeral 3°, referente a la presentación por ante la oficina de Alguacilazgo, cada.....