Dadas las circunstancias fácticas procesales para que se haga procedente el sobreseimiento por prescripción de la acción penal, solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por la Abg. BARBARA NUÑEZ MARIÑO, y en razón de lo expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-1018-03, seguida a ARGENIS CAMACHO BETANCOURT, por la presunta comisión del delito de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, en perjuicio de JOSÉ ALVAREZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 48 ordinal 8°, y 323 todos del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece éste último mencionado en su primer.....