Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. ACUERDA: Expedir dicha Orden de Allanamiento, conforme a lo establecido en los artículos 210, 211 y 212 del Código Orgánico Procesal Penal, Esta Orden servirá a los fines de ubicar, incautar, inspeccionar y decomisar: SUSTANCIAS PSICOTROPICAS Y ESTUPEFACIENTES, ARMAS DE FUEGO, CORTAS, LARGAS, DE FABRICACIÓN CASERA O PATENTADAS, VEHICULOS AUTOMOTORES DE DOS Y CUATRO EJES, QUE NO PRESENTE DOCUMENTACIÓN DE PROPIEDAD DEL MISMO, DINERO EN EFECTIVO y otros objetos de interés criminalístico. En cuanto a lo contemplado en los artículos 210, 211 y 212, ibidem, se procederá de acuerdo a los procedimientos allí establecidos. Haciendo la salvedad que dicho Allanamiento se realizará en la totalidad del inmueble antes indicado. Para ello se autoriza por parte de la representación Fisca.....