Oídas las partes y analizados sus argumentos, quien aquí suscribe, procede para dictar su pronunciamiento en los siguientes términos: este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Control del Circuito Judicial del Estado Amazonas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decretó: primero: Vista la Acusación presentada por el Ministerio Público, en fecha 19 de Noviembre de 2006, este Tribunal con fundamento en el contenido del artículo 330 de la Norma Adjetiva Penal, hizo una revisión del respectivo escrito de acusación y lo concatena con la exposición realizada por el Fiscal del Ministerio Público en la audiencia y admite totalmente, la acusación penal presentada por el Ministerio Público, en el que acusa al ciudadano Miguel Ángel Celis, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos 10.923.175, por la presunta comisión del delito de hurto calificado en grado de frustración, previsto y sancio.....