Ahora bien, vistos y oídos los alegatos de las partes este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL FUNCIÓN CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Emite los siguientes pronunciamientos: Decreta: PRIMERO: Admitido los Hechos por el imputado de autos, este Tribunal de conformidad con el artículo 330 numerales 2, 6, 8 y 9, del Código Orgánico Procesal Penal. ADMITE PARCIALMENTE, el escrito de acusación presentado por la Representación del Ministerio Público, en contra del ciudadano Asdrúbal Ricardo Marques, titular de la Cédula de Identidad N° 3.980.127, quien es venezolano, natural del San Juan Distrito Capital de 54 años de edad, de profesión chofer, hijo de Carlos José Blanco( D) Y Otilia Josefina Idrogo (v) residenciado en el parcelamiento Ayacucho sector morichalito casa Nº 1061-18, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y s.....