Se dictó decisión mediante el cual se calificó la Aprehensión en Flagrancia de los ciudadanos Luís Ángel Henao Álvarez, titular de la cédula de Identidad N° CC- 94.435.106, y Sandra Milena Bolaños, titular de la cédula de Identidad N° CC- 29.624.10, por la presunta comisión del delito de Uso de Documento de Identificación Falso, previsto y sancionado en los artículo 45 de la Ley de Identificación, de conformidad con lo establecido en el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, se decretó la aplicación del Procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en el articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordenó la remisión de las actuaciones al Ministerio Público a los fines de que presente el acto conclusivo a que haya lugar. Se otorgó a los imputados arriba identificados, las Medidas Cautelares Sustitutivas de la Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal numerales 3 y 4.