Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: Se CONDENA al ciudadano JUAN FILIBERTO RIOBUENO GONZÁLEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 10.559.336, de 32 años de edad, nacido el día 10 de noviembre de 1971, natural de Cabruta, Estado Guárico, residenciado en el Escondido, cerca de un taller que hay en la primera entrada, casa s/n, de color rosada, en esta ciudad de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO previstos y sancionados en el artículo 455, numeral 4° del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Betsy Carolina Suárez Moreno. En consecuencia, se condena a cumplir la pena DOS (2) AÑOS, OCHO (8) MESES, VEINTISÉIS (26) DÍAS Y VEINTIUNA (21) HORAS DE PRISIÓN. Se acuerda mantener la Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido los artículos 250 o.....