Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se califica como flagrante la aprehensión del ciudadano LEONIDAS JOSE RIOS, de nacionalidad Colombiano, titular de la cédula de ciudadanía Nº 74.846.499, a quien se le imputa el delito de Contra La Fe Pública, previsto y sancionado en el artículo 47 de la Ley de identificación, en perjuicio del estado venezolano; todo ello de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO: Se decreta el procedimiento ordinario, a fin de proseguir con la investigación pertinente, conforme a lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal TERCERO: Se acuerda otorgarle al ciudadano LEONIDAS JOSE RIOS, de nacionalidad Colombiano, titular de la cédula de ciudadanía Nº 74.846.499, Medida Cautelar .....