Por todas estas razones, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado de Control número Uno de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud del Ministerio Público, contra el ciudadano, JUAN CARLOS CONDE CONDE, venezolano, Nacido en Puerto Ayacucho, Municipio Atures del Estado Amazonas, titular de la cédula de identidad N° 12.173863, de 39 años de edad, nacido el 29/05/1973, de ocupación Obrero, estado civil Soltero, hijo de William Rodolfo quinto (f).y Nereida Josefina Conde (v), Residenciado en barrio cataniapo, calle principal, casa N° 26, color azul, frente al Rincón de Apure, a quien se le sigue causa en este asunto por la presunta comisión del delito de Robo con arrebaton, previsto y sancionado en el art. 456, segundo aparte, del Código Penal, en perjuicio del ciudadano EDGAR .....