ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL DADO EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES IMPUESTAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 45, 47.7, 318.3 y 319 del Código Orgánico Procesal Penal, en la presente causa seguida al ciudadano LUIS FERNANDO TOVAR OSPINA, colombiano, natural de Ibague Tolima, titular de la Cédula de Ciudadanía N° E- 84473294, de estado civil soltero, de profesión u oficio técnico Superior en Ingeniería Industrial, residenciado en la Urba. Escondido I, en seguida del ambulatorio casa de color azul esta ciudad, calificándole los delitos de Amenaza y Violencia Física, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 de la ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.