ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso seguido al ciudadano JHONATAN RENE MILLAN LOPEZ, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V. 18.835.581, natural de Puerto Ayacucho estado amazonas, nacido en fecha 08-09-1986, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión soldador y residenciado en la urbanización Luís Alberto Gómez, casa s/n color rojo, es una casa de dos plantas, cerca del mercado viejo, de esta ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA previsto y sancionado en el articulo 42, en su segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YOLEI MERIDA, quedando obligado a cumplir bien y fielmente las condiciones aquí impuestas......