Se dictó decisión mediante el cual se fundamenta la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al imputado MODESTO ARIEL RUBIANO PIÑEROS, por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad, por cuanto se encuentran llenos los extremos para la aplicación del artículo 250, 251 en concordancia con los artículos 248 y 373 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación al ciudadano MARCOS ANTONIO ANGULO PAREDES, se le otorgó la LIBERTAD PLENA en virtud de la acción desplegada inicialmente no se corresponde con una acción típica, antijurídica o culpable.