Se dicto decisión mediante el cual se fundamenta la DESESTIMACIÓN de la denuncia en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 24, 301 en su encabezamiento del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que los hechos objeto del proceso no constituyen delito.-Notifíquese a las partes de la presente decisión, pues contra está la ley confiere recursos, según lo indicado en el artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal.-