Sobre la base de los criterios anteriormente expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara PRIMERO: CON LUGAR el SOBRESEIMIENTO, a solicitud del Misterio Público, por cuanto la acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa juzgada, y no haya bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de la presente causa, seguida al ciudadano NERY CIPRIANI, titular de la cedula de Identidad N° No consta, por la comisión de los delitos de Violencia Física y Psicológica previsto y sancionado en los artículos 17 y 20 de la Ley Contra la Mujer y la Familia, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de la ciudadana DAREY LUCINDA AÑEZ PERALES, titular de la cédula de identidad Nº 8.949.692, venezolana, residenciada en la Urbanización Luís Alberto Gomez, casa Nº 9, vía al mue.....