En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decreta:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud formulada por el Ministerio Público y se decreta la calificación de aprehensión en flagrancia del ciudadano JULIO CESAR DAAL GOMEZ, titular de la cedula de identidad N° 23.985.296, Natural de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, nacido en fecha 17 de Agosto de 1995, de 18 años de edad, de profesión u oficio Indefinida, residenciado en el Sector el Polígono, Calle Principal, Casa sin numero, Municipio Atunes, Puerto Ayacucho Estado Amazonas, a quien la Fiscalía del Ministerio Público, estar presuntamente incursos en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE DE VEHICULO AUTOMOTOR Y LESIONES GRAVISIMAS, previsto y sancionado en el articulo 5 y 6 numeral 1,2,3 y 10, en concordancia con lo establecido en el articulo 80 pri.....