Por todas estas razones, a tenor de los artículos 364, 376, del Código Orgánico Procesal penal y art., del Código penal, este Juzgado de Control Uno DECRETA;
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la acusación interpuesta por la fiscalía del Ministerio Público, contra el ciudadano, EDGAR ARGENIS RIVAS, Titular De La Cedula De Identidad Nº v-12629437, por la presunta comisión del delito de Lesiones culposas de Tránsito, prevista y sancionado en el art. 420 concatenado con el art. 415, 416 del Código Penal, en perjuicio de los Ciudadanos: EURIM LIZANDERT MORALES PALENCIA, AVA ALLEN DEL MONTE, FRANCIS LORAINA DEL MONTE GOMEZ, ELANY DANIELA MORALES DEL MONTE, ANIEL GABRIELA MORALES DEL MONTE, DANIEL ALEJANDRO AGUILAR DEL MONTE, DILAN ISAAC MORALES DEL MONTE Y JHONATAN GABRIEL MORALES DEL MONTE, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. V-, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas. En consecuencia se declara culpable al acusado.
SEGUNDO: Se CONDENA, al ciudadano, EDGAR ARGENI.....