Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos DECRETA: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL en la causa seguida a la ciudadana RODRIGUEZ NIEVES YARITZA BEATRIZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 15.303.610, natural de Puerto Ayacucho, de 28 años de edad, hija de Yaida Nieves (v) y de Gever Rodríguez (v), domiciliada en la Urb. San Enrique, sector Valle Lindo, casa s/n, cerca de la Bodega del negro en esta ciudad de Puerto Ayacucho, Municipio Atures del Estado Amazonas, por el delito de de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el artículo 413 DEL Código Penal en perjuicio de DILIA DEL VALLE JORGE GUAYAMARE, en consecuencia se ha extinguido la acción penal y por ende decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en su contr.....