En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Función Control de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Vista la Acusación presentada por el Ministerio Público, este Tribunal en base al contenido del artículo 330 de la Norma Adjetiva Penal, hace una revisión del respectivo escrito de acusación y lo concatena con la exposición realizada por el Fiscal Primero del Ministerio Público en esta audiencia y admite totalmente, la acusación penal presentada por el Ministerio Público, en contra del ciudadano Wilmer Alexis Zamora Reyes, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 18.506.925, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, donde nació el día 20 de Marzo de 1987, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado actualmente en el barrio Carabobo, casa N° 2.....