Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTPRIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada por el Fiscal del Ministerio Público por cuanto llena todos los requisitos del articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal y por no ser contraria a derecho, ni al Orden Público y en consecuencia se ordena el enjuiciamiento del ciudadano JHON ALFREDO HERMOSO GUTIERREZ, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, lugar donde nació en fecha 15-09-1984, de 20 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 20.019.848, de estado civil soltero, de profesión u oficio desempleado, hijo de Pedro Hermoso (V) y Nilda Gutiérrez (V), y residenciado en el Barrio Cataniapo, casa s/n, detrás del Rincón de Apure de esta ciudad, en virtud de encontrarse llenos los extremos exigidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal por la presunta comisión del delito de Hurto C.....