este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, FUNCIÓN CONTROL, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se sustituye la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad por una menos gravosa de las previstas en el Artículo 256 ordinales 3°, 4°, 5° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en la presentación periodica los días lunes ,miércoles y viernes por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, la prohibición de salida de la ciudad de Puerto Ayacucho, ni del país, la prohibición de acercamiento al lugar donde ocurrieron los hechos, ni acercarse al lugar donde vive o trabaja la victima y la prohibición de comunicarse con la Victima ni con sus familiares. SEGUNDO: Líbrese boleta de Excarcelación. TERCERO: Quedan los presentes notificados en este mismo acto, de conformidad al artículo 175 del Có.....