Se ABSUELVE al ciudadano LUIS MIGUEL ALAJE venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-26.321.186, de la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES PSICOTROPICAS, en la MODALIDAD DE OCULTAMIENTO previsto y sancionado en el articulo 149 Segundo Aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la Colectividad.