De la revisión de las actuaciones que conforman el presente asunto seguido a los ciudadanos Alexis Alexander Daniel Rivero, venezolano, natural de Puerto Ayacucho, nacido el 14JUN1978, soltero, de oficio ayudante de latonería y pintura, hijo de Jesé David Daniel y Carmen Alicia Rivero, residenciado en el Barrio Chaparralito, casa N° 266, Calle Ppal., Puerto Ayacucho, titular de la cédula de identidad número V-16.716.505; y Jorge Tividor, venezolano, Natural de Puerto Ayacucho, de 21 años de edad, soltero, ayudante de panadería, residenciado en el Barrio Chaparralito, casa N° 264, titular de la cédula de identidad número V-15.303.452; a quienes el Juzgado Primero accidental de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en fecha 03 de junio de 1999, dictó sentencia definitiva en la cual los condenaba a cumplir la pena de cuatro (4) años de prisión por la comisión del delito de hurto calificado, previsto y sanc.....